TY - SER AU - Rosales Cuello, Ramiro AU - Cataldo, Rodrigo Hernan ED - Cámara Civil y Comercial Sala I TI - RODRIGUEZ, GRACIELA INES C/ ESEBA S.A. RESIDUAL Y OT. S/ EJECUCIÓN HONORARIOS: 168.327 PY - 0000///03/092019/// KW - HONORARIOS DEL ABOGADO KW - EJECUCIÓN DE HONORARIOS KW - INTERESES KW - MORA KW - LEY 14.967 - ART. 54 KW - MAR DEL PLATA N2 - Por otro lado, vale precisar que ha sido sancionada la Ley 14.967 sobre honorarios que en su artículo 54 edicta que una vez operada la mora el profesional podrá optar por reclamar los honorarios expresados en la unidad arancelaria jus con más un interés del 12% anual, o bien reclamar los honorarios regulados convertidos al momento de la mora en moneda de curso legal, con más el interés previsto en el art. 552 del CCyC; con lo cual además de que la voluntad del legislador en tal compendio normativo es posterior a la fijación de la doctrina legal del superior, también es importante destacar que es coincidente con los fundamentos utilizados por este Tribunal en la causa "Rendo" previamente citada. Desde otro punto de vista, es de presumir que el legislador provincial, al sancionar la Ley 14.967, conocía la jurisprudencia del Alto Tribunal y, sin embargo, insistió en prever expresamente la posibilidad del reclamo de honorarios con intereses a la tasa activa desde la mora, circunstancia que debe ser especialmente tenida en cuenta junto con la expresa mención del carácter alimentario de los honorarios que fija el art. 1° de la mencionada ley, extremo éste último que no ha sido abordado por la SCBA (Cám. Apel. Civ. y Com., Mercedes, Sala I, "Morano, Antonio c/ Da Costa, Magalhaes, Armando s/ Ejecución de Honorararios", expte SI-117186, 18/9/18) UR - http://biblioteca.camdp.org.ar/cgi-bin/koha/opac-retrieve-file.pl?id=a5665947ce853b97c60342d461474beb ER -